Contribución para el reciclaje de
productos eléctricos y electrónicos
1 - La normativa de reciclaje de los productos eléctricos y electrónicos
"SISTEMAS KALAMAZOO, S.L.U., con CIF B28279511, por su condición de empresa productora de aparatos eléctricos y electrónicos sujeta al ámbito de aplicación de la Directiva 2002/96/CE sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (Directiva RAEE) y su transposición a nuestro ordenamiento jurídico mediante el Real Decreto 208/2005, de 25 de febrero, de aparatos eléctricos y electrónicos y la gestión de sus residuos, y a fin de dar cumplimiento al régimen de responsabilidad de las empresas productoras establecido en esta normativa, se ha adherido con fecha 22 de agosto de 2007 a la Fundación ECOASIMELEC, inscrita en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Medio Ambiente con nº 280024 y con CIF G84342963, que actúa como Sistema Integrado de Gestión de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos al amparo de los previsto en esta normativa.
SISTEMAS KALAMAZOO, S.L.U. se encuentra inscrito en el Registro Nacional de Productores de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (REI-RAEE, www.mityc.es/raee) con número 2469 y cumple con el requisito de declarar con periodicidad trimestral a dicho Registro las cantidades de aparatos eléctricos y electrónicos comercializados en el mercado nacional, a la vez que se hace responsable de contribuir a financiar la recogida selectiva y reciclaje de los aparatos que pone en el mercado al final de su vida útil cuando éstos son desechados bajo las condiciones establecidas en el Real Decreto 208/2005 para los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEEs).
2 - ¿Por qué dicha eco-contribución?
Gestionar de un modo ambientalmente adecuado los RAEEs es importante porque son un flujo de residuos en continuo y elevado crecimiento que además, pueden contener materiales potencialmente peligrosos que en caso de depositarse fuera de control pueden contaminar el entorno. Asimismo, están fabricados con materiales valiosos, por lo que el reciclaje de los equipos obsoletos proporciona materias primas secundarias válidas para su utilización en el proceso de fabricación de nuevos equipos evitando así el uso de recursos naturales y la acumulación de residuos en los vertederos.
Se trata de una tasa con finalidad no lucrativa dedicada únicamente a eco-organismos para financiar los trámites que supone el reciclaje.
3- El trámite de recogida y reciclaje
El principal papel del usuario en el ciclo de los aparatos eléctricos y electrónicos consiste, por tanto, en colaborar en la recogida selectiva, no tirando nunca los equipos eléctricos y electrónicos obsoletos a la basura. En el caso de que vaya a desprenderse de un equipo, el usuario podrá depositarlo en los puntos limpios o instalaciones municipales de recogida selectiva de residuos.

http://www.ocu.org/ASPX/OCU.Calculators/CleanPoints/Default.aspx

4 - Información al consumidor
4.1 - Los precios:
El importe de la contribución ecológica está incluido en el precio de venta de todos nuestros productos obligados a ello.
4.2 - ¿Cómo se fija el importe de la eco-contribución?:
El importe de la eco-contribución es independiente del precio del producto.
Corresponde al coste de recogida y de reciclaje. Y varía según el tipo de producto, su peso y el tratamiento que el productor haya seleccionado. Es decir, por ejemplo, que el tratamiento de un frigorífico o de una pantalla implica unas técnicas particulares más costosas que para el reciclaje de una cafetera o de una cadena hi-fi.
4.3 - ¿Es una obligación devolver sus viejos aparatos?:
No, sin embargo, depositar en un lugar apropiado sus aparatos usados constituye el primer "Gesto RAEE" a favor de nuestro medioambiente.
Sin usted, nada es posible.
(*) Directiva nº 2003/96/CE, expuesta por el Real Decreto 208/2005 del 25 de Febrero.